
¿Qué es Administrador Provisional?
El administrador provisional es una persona natural o jurídica designado para sustituir a un sostenedor de establecimiento educacional subvencionado o que reciba aportes del Estado, para que asuma las funciones del sostenedor. Su labor es asegurar el adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio educativo hasta el término del año laboral docente, el que puede ser prorrogado hasta por un periodo adicional, si se mantienen las condiciones que dieron origen a la designación.
Sin perjuicio de lo anterior, el sostenedor seguirá siendo responsable de todas las obligaciones que se hayan generado en virtud del funcionamiento del establecimiento con antelación a la designación del administrador provisional, y desde el nombramiento quedará inhabilitado para efectos de su administración, así como para percibir subvención educacional.
Sólo se podrá designar un administrador provisional cuando:
- Se acrediten las causales señaladas en el artículo 89° de la Ley N°20.529;
- Exista un riesgo de afectar la continuidad del servicio educativo, y
- Cuando la designación de un Administrador Provisional pueda asegurar el adecuado funcionamiento del establecimiento y la continuidad del servicio educativo.