
Proceso de Postulación
¿Cómo postular? Debe seguir los siguientes pasos y cumplir con los requisitos del proceso que se señalan a continuación:
- Completar el formulario disponible aquí o en las direcciones regionales de la Superintendencia de Educación.
- Reunir la documentación requerida para postular como persona natural o jurídica (Decreto N° 538, artículos 3° y 4°) y presentarla de forma presencial en la dirección regional de la Superintendencia que corresponda a su domicilio o, en caso de ser presentada de formato electrónico, debe ser enviada a la casilla de correo según se presenta a continuación:
Arica y Parinacota ofpartes.arica@supereduc.cl Tarapacá ofpartes.tarapaca@supereduc.cl Antofagasta ofpartes.antofagasta@supereduc.cl Atacama ofpartes.atacama@supereduc.cl Coquimbo ofpartes.coquimbo@supereduc.cl Valparaíso ofpartes.valparaiso@supereduc.cl Metropolitana ofpartes.rm@supereduc.cl O’Higgins ofpartes.ohiggins@supereduc.cl Maule ofpartes.maule@supereduc.cl Ñuble ofpartes.nuble@supereduc.cl Biobío ofpartes.concepcion@supereduc.cl La Araucanía ofpartes.araucania@supereduc.cl Los Ríos ofpartes.losrios@supereduc.cl Los Lagos ofpartes.loslagos@supereduc.cl Aysén ofpartes.aysen@supereduc.cl Magallanes ofpartes.magallanes@supereduc.cl - La Superintendencia revisará y solicitará información faltante, como a su vez verificará la autenticidad de los datos.
- Luego de la evaluación, se emitirá una resolución que aprueba o rechaza la solicitud de inscripción.
- El registro de Administradores Provisionales se compone de personas naturales o jurídicas que han realizado el proceso de postulación ante la Superintendencia de Educación.
- Para ingresar al registro los postulantes deben presentar la documentación requerida, la cual es evaluada para definir si se acepta o rechaza la solicitud de inscripción.
- Si el postulante es aceptado en el registro, su ingreso se formaliza a través de una resolución emitida por la Superintendencia de Educación.
- El Administrador Provisional podrá permanecer en el registro 3 años a partir de la fecha de inscripción.
- Caducada su vigencia, podrá extender la permanencia renovando sus documentos ante la Superintendencia de Educación.
- Cuando un inscrito en el registro es designado Administrador Provisional de uno o más establecimientos educacionales, deberá aprobar los informes trimestrales de su gestión y dar cuenta documentada de ellos al superintendente de Educación.